NUEVA NORMATIVA DE LA DGT QUE AFECTARÁ A LOS CONDUCTORES CON PROBLEMAS VISUALES | Innova ocular
La conducción implica una serie de riesgos que tienen con la vista, ya que al circular a altas velocidades se produce lo que es conocido como el “efecto túnel” o estrechamiento del campo visual. Además, el conducir durante un periodo largo de tiempo o no haber tenido un descanso apropiado puede ocasionar fatiga ocular. Estos síntomas se incrementan cuando se circula de noche, donde hay una mayor probabilidad de reflejos y deslumbramientos, al igual que una reducción de la visión, en especial, en zonas poco iluminadas.
Por esta razón, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decido aplicar una nueva normativa, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023, y que pone énfasis en la aplicación de las exigencias en conductores con deficiencias o problemas oculares, suponiendo su incumplimiento una multa de hasta 200 euros.
¿Cómo sé qué código se aplica en mi carné?
En el apartado número 12 del carné de conducir (parte inferior izquierda del reverso) figuran una serie de códigos que indica qué categoría se aplica, en caso de existir algún tipo de problema de salud visual. Los códigos son los siguientes:
01.01 Gafas
01.02 Lentes de contacto
01.03 Cristal de protección
01.04 Lente opaca
01.05 Recubrimiento del ojo
01.06 Gafas o lentes de contacto
01.07 Ayuda óptica específica
De este modo, si el en el carné indica un código 01.01, es decir, que implica que es necesario portar gafas para conducir y, sin embargo, se conduce con lentes de contacto, ésta será considerada una infracción de carácter grave, conllevando una multa que, como se ha expuesto, podría ser de hasta 200 euros. No sería así si figurase el código 01.06, que te permite utilizar ambas indistintamente.
¿Qué puedo hacer para que no me multen?
Para poder evitar este tipo de sanciones, debes portar siempre el tipo de ayuda óptica que indique el código que aparece en tu cané de conducir. Lo ideal para ello es realizar un reconocimiento médico o psicotécnico en un centro que esté homologado por la DGT y que acredite las circunstancias en las que se encuentra tu salud visual y si existe la necesidad uso de gafas, lentes u otra ayuda óptica.
Cabe destacar que, si se realiza algún tipo de intervención quirúrgica que corrija el problema ocular y que implique que deje de ser necesario utilizar algún tipo de ayuda óptica, se podría renovar el carné de conducir para actualizar dicha información a partir del mes siguiente al que se haya realizado la intervención. En ese caso, se podría obtener o prorrogar el permiso de conducir con una vigencia máxima de un año, debiendo portar el informe correspondiente acerca de la intervención realizada, para evitar la multa. Pasado un año, se deberá evaluar de nuevo la vista en un centro de reconocimiento médico o psicotécnico.
Por supuesto, la mejor recomendación que ofrecemos desde Innova Ocular es que se acuda periódicamente al oftalmólogo para realizar revisiones oculares y poder detectar y tratar cualquier problema o afección visual que impida disfrutar de una salud visual plena.